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Matriz SIPOC

Matriz SIPOC

SP-SPU-004 · Mercado Municipal

AS-ISv111/4/2026
SProveedores

Internos

  • ·SP-GFI-002
  • ·SP-GTR-005

Externos

  • ·Locatarios del mercado (arrendatarios)
  • ·Ministerio de Salud (permisos sanitarios)
  • ·MEIC
IEntradas

Información

  • ·Solicitudes de arrendamiento de locales en el mercado
  • ·Permisos sanitarios y patentes de locatarios vigentes
  • ·Pagos de alquiler de locales
  • ·Solicitudes de mantenimiento de instalaciones
  • ·Denuncias de incumplimiento de reglamento interno

Procedimientos

  • ·P-PAT-001-2011
  • ·P-TES-001-2009

Normativa

  • ·LEY-7794-1998
  • ·R-MPF-001-2015
PProceso

Objetivo

Administrar el Mercado Municipal de San Carlos, gestionar los contratos de arrendamiento de locales, controlar el cumplimiento del reglamento interno, mantener las instalaciones en condiciones adecuadas y garantizar los ingresos por concepto de alquiler.

Participantes

  • ·DHC
  • ·PAT

KPIs

  • ·% de locales con contrato de arrendamiento vigente
  • ·% de locatarios al día en pago de alquiler
  • ·% de locales con permiso sanitario vigente
  • ·Nº de solicitudes de mantenimiento resueltas en el período

Riesgos

  • ·Locatarios con alquileres morosos sin gestión de cobro oportuna
  • ·Locales operando sin permiso sanitario vigente — riesgo de intervención del Ministerio de Salud
  • ·Instalaciones del mercado deterioradas por falta de mantenimiento preventivo
  • ·Locatarios incumpliendo reglamento sin proceso disciplinario formal
OSalidas

Información

  • ·Contratos de arrendamiento de locales vigentes
  • ·Recibos de alquiler emitidos
  • ·Resoluciones de incumplimiento de reglamento
  • ·Informe de estado de instalaciones del mercado

Procedimientos

  • ·P-TES-001-2009
  • ·P-DCT-001-2010
CClientes

Internos

  • ·SP-GFI-002
  • ·SP-GTR-004

Externos

  • ·Locatarios (contratos y recibos)
  • ·Ministerio de Salud
  • ·Ciudadanía (usuarios del mercado)

📌 El Mercado Municipal es fuente de ingresos propios. Los locatarios deben mantener permiso sanitario y patente vigentes. El reglamento interno debe aprobarse por el Concejo Municipal.

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