Proceso de gestión de cobro judicial

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Se creará un borrador con todos los pasos, políticas, normativa y conceptos actuales del procedimiento SCA-0002-2011.

SCA-0002SCA201118 pasos

Propósito

Describir el proceso para la gestión por vía judicial de las deudas de los contribuyentes de la municipalidad de San Carlos.

Responsable

Lic. Leónidas Vásquez A.

Descripción del procedimiento

18 pasos
Sec.Descripción
1Cuando el contribuyente no ha se haya presentado a cancelar el monto adeudado, y terminado el tiempo de espera de la segunda notificación, se continuará con el proceso de cobro judicial.
2Se procede a realizar las llamadas de confirmación a los contribuyentes que fueron notificados para indicarles el inicio pronto del proceso de cobro judicial, con la finalidad de que realicen el pago.
3Debe cuestionarse si se canceló la deuda pasado el tiempo que la persona indicó para realizar el pago. Si: fin del proceso. No: continúa el proceso de cobro judicial.
4En el sistema integrado municipal y tomando como respaldo de estudios de registro, u otras fuentes, se depura la información del cliente, deudas y propiedades.
5Prepara el expediente del deudor con la información documentada indicadas en el punto 4.6 de este procedimiento.
7En archivo de hoja electrónica digita todos los casos que serán pasados a los abogados.
8Mediante oficio traslada al jefe de cobros los expedientes y vía correo electrónica la hoja electrónica, para el proceso de análisis de cuentas a cobro judicial.
9Recibe los expedientes para distribuir los casos entre los abogados externos que brindan servicios a la municipalidad de San Carlos.
10Solicita al contador municipal las certificaciones de las deudas y a la secretaría del concejo la certificación de la personería de la municipalidad de San Carlos
11Incluye las certificaciones de las deudas y la personería para ser entregadas a los abogados externos.
12Procede a dividir los casos de acuerdo a como lo establece los artículos 13, 14 y 15 del reglamento de cobro de la municipalidad de San Carlos.
13Se hace oficio a los abogados externos y una vez entregados los expedientes a estos, se procede con el archivo de los expedientes de acuerdo a los abogados asignados a cada caso.
14El abogado externo retira el expediente y completa la bitácora para el recibido de los casos.
15Debe cuestionarse si antes de que presente los casos al juzgado, el deudor se presentó a cancelar la deuda. Si: procede a devolver el expediente. No: continúa el proceso de cobro judicial.
16Si después de que el abogado haya presentado el caso ante el juzgado, el deudor se presenta a cancelar el monto y los honorarios se proceden a recibir el pago.
17Con el recibo de cancelación presentado por el contribuyente se procede a desbloquear la cuenta.
18Se notifica al abogado mediante oficio que el contribuyente canceló el monto adeudado y que proceda finalizar el proceso de cobro juridicial.
19El proceso finaliza con el archivo del expediente.