Inspección, Notificación, Clausura y Demolición de Obras

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Se creará un borrador con todos los pasos, políticas, normativa y conceptos actuales del procedimiento P-SIN-011-2016.

P-SIN-011SIN2016v121 pasos

Diagrama de flujo — Swimlanes

21 pasos
21 pasos · 19 responsables

Matriz de responsabilidades

21 pasos · columnas por responsable
PasoSe recibe la denunciaNotificacionesCriterio TécnicoInforme TécnicoPreparación del expediente administrativoElevación del ExpedienteRegistro y traslado del ExpedienteResolución Administrativa finalElabora la RAM y firma por parte del Alcalde Municipal y traslada de manera inmediata al Depto. de IDebe el Depto. de Inspectores proceder a notificar de manera personal la resolución administrativa dTraslada a la Alcaldía Municipal debidamente notificada la Resolución Administrativa de orden de desLa Alcaldía registra la gestión de notificación realizada y traslada a la Dirección Jurídica la resoSeguimientoDeberá el funcionario responsable del acto de demolición, coordinar con las diferentes institucionesEquipo y personal de apoyoGastos y costos del acto de demoliciónTraslado gestión finalFin de la gestiónArchivo del expediente
1Recibe inspección solicitada (ver artículo 14 del Reglamento para el Procedimiento de Notificaciones, Sanciones, Demoliciones y Cobro de Obras Civiles y demás Resoluciones Administrativas y Tributarias del cantón de San Carlos, donde se indican los casos posibles).
2El Departamento de Inspectores deberá de hacer la primera y la segunda notificación de la infracción al administrado.
3El Departamento de Inspectores deberá solicitar al Departamento de Urbanismo el criterio técnico correspondiente.
4El Departamento de Urbanismo deberá de emitir el informe técnico correspondiente, mismo que deberá ser trasladado al Departamento de Inspectores para su incorporación al expediente administrativo.
5Ordena cronológicamente, debe foliar y compilar en un fólder con prensa el expediente administrativo.
6Eleva el expediente administrativo a la Alcaldía Municipal.
7La Alcaldía recibe y registra el expediente y lo traslada al Departamento Legal para su atención como en derecho corresponde.
8Procede a redactar y a trasladar a la Alcaldía Municipal, el boceto de resolución administrativa mediante la cual se establece la orden de desalojo y demolición del inmueble (expediente continua en custodia del Depto. Legal) por esta resolución se da el plazo perentorio de 30 días hábiles para que la persona se ponga a derecho o en su defecto se proceda por parte de la Muni a la demolición de las obras y el cobro de los gastos en que incurra la Municipalidad de San Carlos por la gestión de demolición.
9Elaboración del RAM orden de desalojo y demolición
10Notificación del RAM de orden de desalojo y demolición
11Traslado de la gestión de notificación del RAM de orden de desalojo y demolición
12Incorporación y registro RAM de orden de desalojo y demolición
13Da el seguimiento y fiscalización al caso y atiende y eleva los recursos de Revocatoria y Apelación en Subsidio en caso de que sean interpuestos por el administrado.
14Vencido el plazo de 30 días hábiles otorgados al administrado y este no hubiese realizado las gestiones necesarias para ponerse a derecho con la construcción realizada, el Departamento legal solicitara a la Alcaldía la asignación de un responsable para ejecutar la demolición de las obras.
15Se asigna a través de un AM a un funcionario como responsable de la gestión de demolición de las obras y se establece en dicho oficio el día y la hora en que se habrá de realizar dicha gestión; de igual manera en dicho oficio se solicita al Depto. Legal el levantamiento del acta notarial al momento del acto de demolición.
16Intervención de Fuerza Pública, Coopelesca R.L., PANI, CONAPAN
17Deberá el funcionario responsable coordinar a nivel administrativo el personal humano de apoyo, así como el equipo necesario para el acto de demolición. Debe definirse cuál será el equipo o maquinaria a utilizar para este tipo de gestiones.
18Finalizada la gestión, deberá presentar a la Alcaldía un Informe Final del acto realizado, debiendo presentar una liquidación de los costos y gastos que implicaron la gestión de demolición.
19La Alcaldía deberá registrar el informe final presentado por el funcionario responsable (demoledor), debiendo trasladar copia del mismo a la Administración Tributaria para el registro e inclusión del pendiente o gastos administrativos incurridos por el acto de demolición y el original deberá ser trasladado a la Dirección Jurídica para su archivo dentro del expediente administrativo.
20Traslada a la Alcaldía Municipal el expediente administrativo atendido en tiempo y como en derecho corresponde, debidamente concluido.
21La Alcaldía Municipal registra el fin del proceso y traslada el expediente administrativo a la Administración Tributaria para el archivo correspondiente.