Inspección, Notificación, Clausura y Demolición de Obras
P-SIN-011SIN2016v121 pasos
Diagrama de flujo — Swimlanes
21 pasos21 pasos · 19 responsables
Matriz de responsabilidades
21 pasos · columnas por responsable| Paso | Se recibe la denuncia | Notificaciones | Criterio Técnico | Informe Técnico | Preparación del expediente administrativo | Elevación del Expediente | Registro y traslado del Expediente | Resolución Administrativa final | Elabora la RAM y firma por parte del Alcalde Municipal y traslada de manera inmediata al Depto. de I | Debe el Depto. de Inspectores proceder a notificar de manera personal la resolución administrativa d | Traslada a la Alcaldía Municipal debidamente notificada la Resolución Administrativa de orden de des | La Alcaldía registra la gestión de notificación realizada y traslada a la Dirección Jurídica la reso | Seguimiento | Deberá el funcionario responsable del acto de demolición, coordinar con las diferentes instituciones | Equipo y personal de apoyo | Gastos y costos del acto de demolición | Traslado gestión final | Fin de la gestión | Archivo del expediente |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | Recibe inspección solicitada (ver artículo 14 del Reglamento para el Procedimiento de Notificaciones, Sanciones, Demoliciones y Cobro de Obras Civiles y demás Resoluciones Administrativas y Tributarias del cantón de San Carlos, donde se indican los casos posibles). | ||||||||||||||||||
| 2 | El Departamento de Inspectores deberá de hacer la primera y la segunda notificación de la infracción al administrado. | ||||||||||||||||||
| 3 | El Departamento de Inspectores deberá solicitar al Departamento de Urbanismo el criterio técnico correspondiente. | ||||||||||||||||||
| 4 | El Departamento de Urbanismo deberá de emitir el informe técnico correspondiente, mismo que deberá ser trasladado al Departamento de Inspectores para su incorporación al expediente administrativo. | ||||||||||||||||||
| 5 | Ordena cronológicamente, debe foliar y compilar en un fólder con prensa el expediente administrativo. | ||||||||||||||||||
| 6 | Eleva el expediente administrativo a la Alcaldía Municipal. | ||||||||||||||||||
| 7 | La Alcaldía recibe y registra el expediente y lo traslada al Departamento Legal para su atención como en derecho corresponde. | ||||||||||||||||||
| 8 | Procede a redactar y a trasladar a la Alcaldía Municipal, el boceto de resolución administrativa mediante la cual se establece la orden de desalojo y demolición del inmueble (expediente continua en custodia del Depto. Legal) por esta resolución se da el plazo perentorio de 30 días hábiles para que la persona se ponga a derecho o en su defecto se proceda por parte de la Muni a la demolición de las obras y el cobro de los gastos en que incurra la Municipalidad de San Carlos por la gestión de demolición. | ||||||||||||||||||
| 9 | Elaboración del RAM orden de desalojo y demolición | ||||||||||||||||||
| 10 | Notificación del RAM de orden de desalojo y demolición | ||||||||||||||||||
| 11 | Traslado de la gestión de notificación del RAM de orden de desalojo y demolición | ||||||||||||||||||
| 12 | Incorporación y registro RAM de orden de desalojo y demolición | ||||||||||||||||||
| 13 | Da el seguimiento y fiscalización al caso y atiende y eleva los recursos de Revocatoria y Apelación en Subsidio en caso de que sean interpuestos por el administrado. | ||||||||||||||||||
| 14 | Vencido el plazo de 30 días hábiles otorgados al administrado y este no hubiese realizado las gestiones necesarias para ponerse a derecho con la construcción realizada, el Departamento legal solicitara a la Alcaldía la asignación de un responsable para ejecutar la demolición de las obras. | ||||||||||||||||||
| 15 | Se asigna a través de un AM a un funcionario como responsable de la gestión de demolición de las obras y se establece en dicho oficio el día y la hora en que se habrá de realizar dicha gestión; de igual manera en dicho oficio se solicita al Depto. Legal el levantamiento del acta notarial al momento del acto de demolición. | ||||||||||||||||||
| 16 | Intervención de Fuerza Pública, Coopelesca R.L., PANI, CONAPAN | ||||||||||||||||||
| 17 | Deberá el funcionario responsable coordinar a nivel administrativo el personal humano de apoyo, así como el equipo necesario para el acto de demolición. Debe definirse cuál será el equipo o maquinaria a utilizar para este tipo de gestiones. | ||||||||||||||||||
| 18 | Finalizada la gestión, deberá presentar a la Alcaldía un Informe Final del acto realizado, debiendo presentar una liquidación de los costos y gastos que implicaron la gestión de demolición. | ||||||||||||||||||
| 19 | La Alcaldía deberá registrar el informe final presentado por el funcionario responsable (demoledor), debiendo trasladar copia del mismo a la Administración Tributaria para el registro e inclusión del pendiente o gastos administrativos incurridos por el acto de demolición y el original deberá ser trasladado a la Dirección Jurídica para su archivo dentro del expediente administrativo. | ||||||||||||||||||
| 20 | Traslada a la Alcaldía Municipal el expediente administrativo atendido en tiempo y como en derecho corresponde, debidamente concluido. | ||||||||||||||||||
| 21 | La Alcaldía Municipal registra el fin del proceso y traslada el expediente administrativo a la Administración Tributaria para el archivo correspondiente. |