Sanciones por Incumplimiento a la Ley N°9047

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Se creará un borrador con todos los pasos, políticas, normativa y conceptos actuales del procedimiento P-PAT-015-2018.

P-PAT-015PAT2018v146 pasos

Diagrama de flujo — Swimlanes

46 pasos
46 pasos · 7 responsables
Este procedimiento tiene 46 pasos. El diagrama puede verse denso — usa la vista Compacto para ver los primeros 30, o haz zoom con scroll.

Matriz de responsabilidades

46 pasos · columnas por responsable
PasoJefe de Patentes o Técnico TributarioInspector MunicipalJefe de PatentesAlcaldía MunicipalAsesor (a) LegalConcejo MunicipalÓrgano Director
1El proceso inicia cuando se recibe el Parte Municipal o la infracción a la Ley N°9047 por cambio de actividad establecida en la patente y licencia de licor.El proceso inicia cuando se presenta algún parte municipal por infracción a la Ley N°9047 o informe de fuerza pública
2Recibe el parte municipal o informe de fuerza pública por infracción a la Ley N°9047
3Realiza confrontación en el sistema SIM de los datos del patentado.
4Traslada y notifica el oficio al Departamento de Inspectores
5Notifica el oficio emitido por Jefe de Patentes o Técnico Tributario
6Confecciona informe dirigido a la Alcaldía Municipal
7Reciben oficio, traslada oficio y expediente al Asesor (a) Legal
8Revisa que tipo y posible sanción aplica según lo que establece la Ley N°9047 en los artículos 14, 16 y 18.Recibe y revisa información
9Determina y recomienda la viabilidad de revocar la licencia de licores por incumplimiento del artículo 6, inciso D, de la Ley N°9047 y su traslado al Concejo
10Reciben oficio, traslada oficio y expediente al Concejo Municipal
11Traslada oficio al Departamento de Inspectores para su debida notificación.Recibe expediente de la Alcaldía
12Notifica el oficio emitido por la Sección de Patentes.Procede a nombrar al órgano director del debido proceso
13Archiva oficio de intimación en el expediente respectivo.Emite recomendación al Concejo Municipal
14Dicta el acto final
15Recibe expediente del área de Patentes
16Traslada a la Dirección de Servicios Jurídicos el caso.Traslada expediente a la Alcaldía
17Recibe expediente y traslada a patentesRecibe expediente de la Alcaldía
18Recibe expediente y archiva en Administración Tributaria. Fin del Proceso.Realiza el análisis y la recomendación legal correspondiente
19Recibe acto final y notifica al patentadoRealizado el análisis legal del caso, la dirección de servicios jurídicos recomienda bien sea el archivo de la gestión el nombramiento de un órgano director del debido proceso a efectos de que se realice el contra del supuesto infractor un procedimiento ordinario conforme lo estipulan los artículos 308 y siguientes de la Ley General de Administración Publica.
20Traslada expediente a la Alcaldía Municipal
21Recibe y revisa la información.Traslada acto final a la Alcaldía comunicando sobre la decisión de revocación de la patente
22Recibe acto final
23Actualiza el registro de gestiones y traslada información a patentes para que proceda con las gestiones administrativas ordenadas por el Concejo Municipal.Emite recomendación final determinando si la aplicación de la multa es procedente y el monto a cobrar.
24Dicta el acto final del procedimiento administrativo, con fundamento en la recomendación que brinda el órgano director.
25Recibe acto final y elimina la licencia de Licor en el Sistema SIMTraslada el acto final al Departamento de Inspectores
26Archiva documentación en Administración TributariaRecibe acto final y notifica la resolución final de la Alcaldía al patentado
28Traslada expediente al área de Patentes para el cargo de la multa en el SIM.
29Recibe el oficio emitido de la Alcaldía Municipal
30Incluye la multa correspondiente en el SIM.
31Adjunta en el expediente y se traslada al archivo tributario.