Aprobación de Presupuesto Municipal

Iniciar propuesta de mejora

Se creará un borrador con todos los pasos, políticas, normativa y conceptos actuales del procedimiento P-DCT-012-2010.

P-DCT-012DCT2010v16 pasos

Propósito

Establecer el proceso de elaboración, aprobación y control del presupuesto municipal conforme al código municipal.

Alcance

Contabilidad Municipal, Alcaldía, Concejo Municipal.

Responsable

Director de Hacienda Municipal

Sistemas de apoyo

SIM: Sistema Integrado Municipal

Control de cambios

Ninguno

Participantes

4 registros
RolNombre / Puesto

Políticas de operación

4 registros
a.

El alcalde municipal deberá presentar al Concejo, a más tardar el 30 de agosto de cada año, el proyecto de presupuesto ordinario.

b.

Los egresos no superarán los ingresos.

c.

La Contraloría General de la República examinará y aprobará los presupuestos conforme lo determina el artículo 184 de la Constitución Política.

d.

El alcalde municipal presentará la liquidación presupuestaria a la Contraloría antes del 15 de febrero.

Normativa aplicable

3 registros
·

Código Municipal, artículo 91

·

Ley 8131, Administración financiera y presupuestos públicos

·

Ley Orgánica de la CGR N° 7428

Descripción del procedimiento

6 pasos
Sec.Descripción
1Elaboración del proyecto de presupuesto ordinario, incluyendo todos los ingresos y egresos probables.
2Revisión del proyecto por parte de la comisión de hacienda.
3Presentación del proyecto de presupuesto ordinario al Concejo Municipal a más tardar el 30 de agosto.
4Aprobación presupuestaria interna por el Concejo Municipal mediante acto administrativo.
5Presentación de la liquidación presupuestaria al Concejo y a la CGR antes del 15 de febrero del siguiente año.
6Aprobación presupuestaria externa e indicación por parte de la Contraloría a más tardar el 31 de marzo.