Disposiciones/I-2020-006-DCI/Disp. 3
Informe: I-2020-006-DCIDisp. 3Control Interno

En el artículo 6 del Reglamento para la Autorización y Pago de Egresos se indica: Todo pago que se ordene debe hacerse contra la documentación de respaldo y en ella se deberá acreditar el nombre del funcionario que lo ordeno e insertarse la firma del mismo como respaldo del egreso ordenado según lo establecido en los artículos 109 y 110 del Código Municipal. Dicha documentación deberá estar debidamente foliada en un legajo independiente.

En Ejecución

Avance actual: 0% — requiere 100%

Proveeduría Salas Rodriguez MelvinVence: 28 de febrero de 2022

Flujo de estado

Asignado
Plan de Trabajo
En Ejecución
Revisión DCI
Revisión Alcaldía
Revisión Emisor
Cumplido

Texto de la disposición

I-2020-006-DCI

Procedimientos Afectados

0

Sin procedimientos vinculados (pendiente de análisis semántico).

Avance general

0%

0 de 1 tareas completadas

Gantt — Plan de Trabajo

13-ago28-feb
SepOctNovDicEneFebMarAbrMayJunJulAgoSepOctNovDicEneFeb

[Historial] En el artículo 6 del Reglamento para la Autorización y Pago de Egresos se indica: Todo pago que se ordene debe hacerse contra la documentación de respaldo y en ella se deberá acreditar el nombre del funcionario que lo ordeno e insertarse la firma del mismo como respaldo del egreso ordenado según lo establecido en los artículos 109 y 110 del Código Municipal. Dicha documentación deberá estar debidamente foliada en un legajo independiente.

Salas Rodriguez Melvin

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En el artículo 6 del Reglamento para la Autorización y Pago de Egresos se indica: Todo pago que se ordene debe hacerse contra la documentación de respaldo y en ella se deberá acreditar el nombre del funcionario que lo ordeno e insertarse la firma del mismo como respaldo del egreso ordenado según lo establecido en los artículos 109 y 110 del Código Municipal. Dicha documentación deberá estar debidamente foliada en un legajo independiente.

Pendiente

Evidencias de Cumplimiento

0

Sin evidencias registradas.