Se debe cumplir lo indicado en el Código Municipal: “Artículo 113. — Diariamente el alcalde municipal remitirá al contador o auditor municipal las nóminas de pago que extienda en las cuales deberá incluirse como mínimo el número de orden el monto el destinatario y la subpartida contra la cual se hará el cargo. Copia de estas nóminas firmadas se remitirán cada día al tesorero con la razón de "Anotado". Artículo 118. — Los pagos municipales serán ordenados por el alcalde municipal y el funcionario
Avance actual: 0% — requiere 100%
Flujo de estado
Texto de la disposición
I-2020-006-DCI
Procedimientos Afectados
0Sin procedimientos vinculados (pendiente de análisis semántico).
Avance general
0%
0 de 1 tareas completadas
Gantt — Plan de Trabajo
13-ago → 21-ago[Historial] Se debe cumplir lo indicado en el Código Municipal: “Artículo 113. — Diariamente el alcalde municipal remitirá al contador o auditor municipal las nóminas de pago que extienda en las cuales deberá incluirse como mínimo el número de orden el monto el destinatario y la subpartida contra la cual se hará el cargo. Copia de estas nóminas firmadas se remitirán cada día al tesorero con la razón de "Anotado". Artículo 118. — Los pagos municipales serán ordenados por el alcalde municipal y el funcionario responsable del área financiera y se efectuarán por medio de cheque expedido por el contador con la firma del tesorero y al menos la de otro funcionario autorizado. En la documentación de respaldo se acreditará el nombre del funcionario que ordenó el pago. El reglamento podrá contener los niveles de responsabilidad para la firma y autorización de cheques.” Sin embargo para cumplir con esto Actualmente la Alcaldía está aprobando cada pago tres veces en la nómina o su similar en el formulario de debito del reglón presupuestario y/o en efecto el cheque y en la firma mancomunada que realiza en la página del Banco de Costa Rica. Existe un Reglamento para la Autorización y Pago de Egresos vigente que indica en su artículo 12 los funcionarios de la Municipalidad de San Carlos con autorización para ordenar pagos según el tipo de pago no obstante estos son solamente solicitantes en la mayoría de los casos y algunos ni si quiera participan de forma directa en el proceso. En el EE-2019-004-DCI Revisión Planillas del Popular ya se había recomendado “pedir al Director de Hacienda valorar y justificar el tema de la necesidad del “cheque” con Contabilidad y Tesorería”
Kopper Cordero Bernor
Plan de Trabajo
0/1 completadas| Actividad | Estado | ||
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Se debe cumplir lo indicado en el Código Municipal: “Artículo 113. — Diariamente el alcalde municipal remitirá al contador o auditor municipal las nóminas de pago que extienda en las cuales deberá incluirse como mínimo el número de orden el monto el destinatario y la subpartida contra la cual se hará el cargo. Copia de estas nóminas firmadas se remitirán cada día al tesorero con la razón de "Anotado". Artículo 118. — Los pagos municipales serán ordenados por el alcalde municipal y el funcionario responsable del área financiera y se efectuarán por medio de cheque expedido por el contador con la firma del tesorero y al menos la de otro funcionario autorizado. En la documentación de respaldo se acreditará el nombre del funcionario que ordenó el pago. El reglamento podrá contener los niveles de responsabilidad para la firma y autorización de cheques.” Sin embargo para cumplir con esto Actualmente la Alcaldía está aprobando cada pago tres veces en la nómina o su similar en el formulario de debito del reglón presupuestario y/o en efecto el cheque y en la firma mancomunada que realiza en la página del Banco de Costa Rica. Existe un Reglamento para la Autorización y Pago de Egresos vigente que indica en su artículo 12 los funcionarios de la Municipalidad de San Carlos con autorización para ordenar pagos según el tipo de pago no obstante estos son solamente solicitantes en la mayoría de los casos y algunos ni si quiera participan de forma directa en el proceso. En el EE-2019-004-DCI Revisión Planillas del Popular ya se había recomendado “pedir al Director de Hacienda valorar y justificar el tema de la necesidad del “cheque” con Contabilidad y Tesorería” | Pendiente |
Evidencias de Cumplimiento
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